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Ley Garrote |
Miercoles 7 de Abril del 2021
La ignorancia de la ley no exime al sujeto de su cumplimiento, esgrime el precepto jurídico.
A partir del 11 de marzo, son ley vigente, aplicable, los nuevos preceptos que tienen que ver con el delito de ultrajes a la autoridad.
El polémico artículo 371 del Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, dice a la letra: Se impondrán de siete a quince años de prisión y multa de hasta 35 mil pesos, a quien amenace o agreda a un integrante o elemento de alguna institución de Seguridad Pública municipal o estatal en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, de tal manera que, en razón del arma empleada, de la fuerza o destreza del agresor, pueda producirle como resultado lesiones o muerte.
Zarandear a un policía o darle un planazo de machete a un agente ministerial, puede ser argumento legal para entambarlo por 15 años.
Este nuevo escudo de las policías municipales y estatal, de los policías ministeriales de la FGE, es violatorio de los derechos humanos, dicen abogados.
Los legisladores locales, 18 de 50 integrantes de la LXV Legislatura, decidieron apoyar la acción de inconstitucionalidad de la llamada “Ley Garrote” ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que tiene por objetivo echar abajo la más reciente reforma al código penal que sanciona el delito de ultrajes a la autoridad, también llamada: Ley Franco.
El documento deberá ser presentado ante los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para revocar el cambio. A la fecha el Congreso de Veracruz ha sido observado en más de 17 ocasiones por los juristas que revirtieron reformas a leyes locales.
Veremos que pasa en con esta nueva ley que se aplica en la nebulosa de la preservación del estado de Derecho y la represión política.