Redacción PV / Veracruz, Ver. / Miercoles 26 de mayo del 2021
A propuesta del magistrado presidente de la sala regional de la tercera circunscripción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en Xalapa, Enrique Figueroa Ávila, el pleno de los tres magistrados determinó que Miguel Ángel Yunes Márquez es inelegible en la contienda por la presidencia municipal de Veracruz
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ) ratificó el retiro de la alcaldía de Veracruz a Miguel Ángel Yunes Márquez por no acreditar su residencia.
Los magistrados Enrique Figueroa Ávila, como magistrado presidente, a cuya tesis de inelegibilidad se sumaron Eva Barrientos Zepeda y Adín Antonio de León Gálvez, coincidieron en que Yunes Márquez no cumple con el requisito de residencia de al menos tres años en el municipio de Veracruz.
El magistrado Adín Antonio de León Gálvez dijo que de acuerdo al articulo 69 fracción I de la Constitución Política del Estado de Veracruz que precisa que para ser elegible al cargo de presidente municipal indica que el aspirante debe tener un tiempo no menor a 3 años de residencia efectiva en la demarcación territorial que se desea gobernar.
Dijo que, en ese contexto legal, Yunes Márquez sólo pudo acreditar legalmente “3 años con dos meses de residencia”, puesto que demostró documentalmente que registró un domicilio en el municipio de Veracruz “el 10 de abril del 2018”; a partir de este cambio de domicilio, sólo pudo acreditar 3 años 2 meses de residencia.
Además, el ex candidato de la alianza “Va por Veracruz”, compuesta por el PAN-PRI-PRD, “se ausentó dos períodos, el primero por 85 días y el segundo por 205 días”, según sustentó el magistrado Adín Antonio de León Gálvez.
Los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmaron la cancelación del registro de Miguel Ángel Yunes Márquez como candidato a la Alcaldía de Veracruz puerto, al acreditarse que efectivamente no cumple con el requisito de residencia efectiva de al menos tres años en ese municipio.
Al resolver los juicios presentados por el ex contendiente de la coalición PAN-PRI-PRD, el Partido Acción Nacional (PAN), estipularon que él es inelegible para el cargo en vista de sus “ausencias prolongadas” del territorio nacional.
Durante la discusión del proyecto de sentencia, que fue avalado por unanimidad de votos, se explicó que Yunes Márquez se ausentó de país en dos ocasiones por más de siete meses.