Sergio Aguilar / Boca del Río, Ver. / Jueves 26 de abril del 2018
El Servicio de Administración Tributaria amplió hasta el próximo 15 de mayo el plazo para presentar la declaración anual de impuestos de las personas físicas correspondientes al ejercicio fiscal 2017, informó el administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente en Veracruz, José Luis Bautista Hernández.
Esto, luego de haber identificado inconsistencias en la información capturada por patrones y en el timbrado de algunos proveedores de servicios de facturación.
Asimismo, el funcionario federal refirió, que están obligados a presentar declaración, quienes obtienen ingresos a través de la prestación de servicios profesionales, que realizan empresariales, por arrendamiento o intereses así como los asalariados con dos o más fuentes de ingresos.
Recordó que los gastos que podrán ser deducidos son: servicios médicos, hospitalarios, clínicos y dentales; intereses reales pagados por créditos hipotecarios, servicios funerales, transportación escolar así como colegiaturas del nivel básico y carrera técnica.
Añadió el representante del SAT que las personas físicas que perciban ingresos por salarios de un solo patrón o que reciban intereses inferiores a 20 mil pesos por tener cuenta en el banco no están obligadas a presentar declaración anual.
Apuntó que la fecha límite original para presentarla declaración anual era este lunes 30 de abril, pero debido a las inconsistencias que se presentaron en el prellenado y en otros aspectos se amplió hasta el15 de mayo.
Por último, dijo que los contribuyentes podrán cumplir con esta obligación, ya sea en las oficinas locales del SAT o a través del portal electrónicowww.sat.gob.mx.