24 horas / Ciudad de México / Jueves 25 de enero del 2018
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad que promovieron, por separado, Senadores de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para impugnar la Ley de Seguridad Interior.
Todas las demandas contra la Ley de Seguridad Interior (LSI) han sido turnadas al ministro instructor, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos de sentencia respectivos.
Pardo Rebolledo ordeno notificar al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores, en su caso, a través de la Comisión Permanente, para que rindan su informe dentro del plazo de quince días hábiles posteriores al siguiente al en que surta efectos la notificación.
Mientras que al Poder Ejecutivo Federal se le requirió para que, en el mismo plazo, envíe al Alto Tribunal un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en el que se publicó el Decreto por el que se expide la LSI. además, las autoridades requeridas que, de no cumplir con lo ordenado, se les impondrá una multa.
Hasta ahora, la Corte ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Diputados, Senadores, la CNDH y el INAI, así como una controversia constitucional presentada por el Municipio de Cholula, Puebla. Desechado la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, debido a que debido los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para solicitar la invalidez de normas de naturaleza electoral.