Veracruz, Ver.

     
ESTATAL


Promulga Yunes reforma en materia de combate a la corrupción



Comunicado / Xalapa, Ver. / Lunes 2 de octubre del 2017

El Gobernador Miguel Ángel Yunes Linares promulgó la reforma constitucional en materia de Combate a la Corrupción y presentó un paquete de 8 iniciativas que reforman y crean leyes que consolidarán al Sistema Estatal Anticorrupción.

Dijo que con ello se institucionalizarán las medidas, los procedimientos, la supervisión, el sistema de balance y el equilibrio entre Poderes, de tal forma que el combate a la corrupción no sea una decisión personal del gobernante, sino de un mandato constitucional, y que sean instituciones y leyes las que garanticen el manejo honesto y transparente de los recursos públicos.

El Gobernador Yunes señaló que de esta manera se inicia la construcción de la estructura legal que pondrá freno para siempre a la opacidad y al mal uso del dinero de los veracruzanos.

Los principales elementos que contienen estas iniciativas son:

1) Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa

• Se crea el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, que tendrá como sede la ciudad de Xalapa, y será un Órgano Autónomo e independiente de los Poderes del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

• Estará facultado para imponer sanciones a servidores públicos estatales y municipales, así como a particulares, que incurran en faltas administrativas graves.

2) Ley de Responsabilidades Administrativas

• Ley de nueva creación que establece principios y obligaciones que regirán a los servidores públicos, exservidores públicos y, por primera vez, a particulares que participen en acciones de gobierno como contratistas, concesionarios o proveedores de bienes o servicios.

• Todos los titulares de los Órganos Internos de Control de los Organismos Autónomos serán nombrados por el Congreso del Estado.

• Será obligatorio para todos los servidores públicos presentar las declaraciones de situación patrimonial, de intereses, así como la declaración fiscal.

• Veracruz será el primer Estado en sancionar como falta grave la simulación de reintegro de recursos, cuando el servidor público ordene o autorice reintegros a cuentas bancarias para solventar observaciones de entes fiscalizadores y posteriormente los asigne o desvíe de nuevo a un fin distinto al que estaban destinados.

• Veracruz será la primera entidad en incluir en su legislación los Comités Internos Anticorrupción y de Integridad, para prevenir y dar seguimiento a los procedimientos que inicien los Órganos Internos de Control de los entes públicos.

3) Código de Procedimientos Administrativos del Estado

• Se adecua el Código con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado, así como la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.

4) Código Penal para el Estado de Veracruz

• Busca garantizar la coordinación entre las instancias de Gobierno, en favor de la acción de la justicia.

• Se establece un capítulo especial para la atención de delitos por hechos de corrupción, lo que robustece el esquema normativo en contra de estas conductas.

• Se amplían los supuestos del delito de tráfico de influencias.

• Con el objeto de combatir el saqueo que vivió Veracruz, se tipifica el delito de simulación de reintegro de recursos, único en todo el país. Esta conducta se castigará con prisión de cinco hasta 20 años al funcionario que lo realice.

5) Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

• Se establece una Contraloría que formará parte del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción. Tendrá mayor capacidad de operación y será independiente en sus procesos de auditoría e imparcialidad en la toma de decisiones, lo que le permitirá sancionar, denunciar y perseguir los hechos de corrupción.

• El Contralor del Estado tendrá la atribución de investigar y substanciar las faltas administrativas graves y no graves.

• La Contraloría General del Estado contará con las facultades para presentar denuncias contra servidores públicos ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

6) Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado

• Esta iniciativa dispone la creación de una Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, autónoma de acción y decisión, para investigar y perseguir los delitos en materia de corrupción.

• Contará con un Fiscal Anticorrupción, el cual será nombrado y removido por el Congreso del Estado.

• La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción podrá solicitar el aseguramiento de bienes propiedad del inculpado y promover, en aquellos casos, la extinción del dominio.

7) Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles

• Esta norma crea el registro de servidores públicos que participan en contrataciones públicas para la integración de la Plataforma Digital Nacional.

• Busca un mayor control hacia los proveedores que de forma reiterada infrinjan la Ley, a quienes se cancelará su registro en el padrón de proveedores.

• Cuando exista conflicto de interés, no podrán participar los servidores públicos en contrataciones. Se sancionarán acciones como diseñar especificaciones a favor de determinados proveedores, restringir la información a los interesados, invocar a la urgencia para adjudicar y violar la confidencialidad de las ofertas.

• En las licitaciones públicas se incorpora la figura de testigos sociales, con el fin de fortalecer la transparencia e imparcialidad.

8) Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

• Incluye la obligación a los servidores públicos y particulares de atender y actualizar los sistemas de control establecidos para la adjudicación de obra pública.

• Establece criterios que atienden el derecho a la información y transparencia. Hace obligatorio el registro de los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de contratación en la Plataforma Digital del Sistema Nacional Anticorrupción.