Veracruz, Ver.

     




Eliminación del fuero ya se había aprobado



Viernes 2 de Febrero del 2018

El fuero del que gozan funcionarios y legisladores es sólo el término coloquial. El término correcto es que cuentan con inmunidad procesal, es decir, no se puede proceder penalmente en contra de ellos mientras cuenten con este privilegio, al menos es lo que me explicaron en la escuela y espero haberlo entendido bien.

Para retirárselo, se tendría que iniciar un proceso de desafuero o juicio de procedencia. Por cierto la palabra procedencia, deriva de lo que establece el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si pueden léanlo.

En Veracruz, la iniciativa para eliminar el fuero fue rechazada en la pasada sesión del Congreso por priistas, morenistas y por lo panistas que no se presentaron o que se abstuvieron.

A decir del analista político, Javier Niembro, los panistas ya sabían a lo que iban. Ya sabían que la iniciativa no iba a ser aprobada, pero en una acción con fines político - electoreros, decidieron presentarla para tachar de malos a los que votaron en contra y sacar raja de ello.

Pero algo se ha pasado por alto. La iniciativa de la eliminación del fuero ya había sido votada y aprobada en dos periodos ordinarios sucesivos, como lo establece la ley, por la LVIII Legislatura, es decir, por el anterior Congreso.

La iniciativa fue enviada por el entonces gobernador, Javier Duarte de Ochoa el 30 de noviembre de 2015, como parte de tres iniciativas para la creación del Sistema Estatal Anticorrupción. No se duda ni tantito que haya sido con fines electorales. Pero “haiga sido como haiga sido”, fue aprobada.

En un primer periodo ordinario, se aprobó por mayoría el 10 de diciembre de 2015 y en un periodo consecutivo, se aprobó también por mayoría el 19 de mayo de 2016.

De hecho en la gaceta oficial del estado con fecha 13 de junio de 2016, establece una reforma al artículo 78 de la Constitución del Estado de Veracruz, que establece: El Congreso del Estado, por las dos terceras partes de los votos de la totalidad de sus integrantes, declarará si ha lugar a proceder por la comisión de delitos durante el tiempo de su cargo, en contra de los Diputados, el Fiscal General del Estado, los Magistrados y el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos. En el procedimiento que se siga, se respetarán las garantías de audiencia y legalidad.

Es decir, en dicho artículo, ya no aparecerían con fuero ni el gobernador, ni presidentes municipales, ni funcionarios, sólo los diputados, el Fiscal General del Estado, los magistrados y el presidente de la CEDH.

Al revisar la Constitución Política del Estado de Veracruz, en el artículo 78 establece que efectivamente fue reformado el primer párrafo, según consta en la gaceta oficial del 13 de junio de 2016.

Pero más abajo, hay una nota que dice: La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró, mediante sentencia de fecha 5 de septiembre de 2016, la invalidez del Decreto número 882 que contiene la reforma de este párrafo.

El texto anterior a dicho decreto es el siguiente:

Artículo 78. El Congreso del Estado, por las dos terceras partes de los votos de la totalidad de sus integrantes, declarará si ha lugar a proceder por la comisión de delitos durante el tiempo de su cargo, en contra de los Diputados, el Gobernador, los Secretarios de Despacho, el Contralor General, el Fiscal General del Estado, los Magistrados, los Presidentes Municipales o de Concejos Municipales y los Síndicos, el Consejero Presidente, los Consejeros Electorales y el Secretario Ejecutivo del organismo público que ejerza la autoridad electoral administrativa; el Presidente de a Comisión Estatal de los Derechos Humanos, y los Consejeros del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información. En el procedimiento que se siga, se respetarán las garantías de audiencia y legalidad.

Es decir, ¿todos vuelven a tener fuero, incluido el gobernador, los secretarios de despacho, los presidentes municipales?.

¿Pero entonces qué pasó? ¿se aprobó o no se aprobó? ¿se aprobó eliminar el fuero y luego la Suprema Corte lo invalidó? ¿por qué lo invalidó? ¿Quién promovió que se invalidara?

Definitivamente la Gaceta Oficial y la Constitución Política de Veracruz está en chino y no en español porque no se entiende.

Lo cierto, es que hace falta una explicación sobre el tema porque de repente aparece la misma iniciativa de eliminar el fuero cada año o cada vez que va a haber elecciones, pasa por el Congreso y resulta que lo que se aprobó, no se aprobó.